Seguros de Baja Laboral para Autónomos
¿Te gustaría estar protegido en caso de no poder trabajar?
Ser autónomo no significa tener superpoderes. Mantén tus ingresos estables aún estando enfermo.
Ventajas de un seguro para autónomos
Seguros de baja laboral para autónomos en Canarias
La incapacidad temporal (IT) hace referencia al estado en el que un trabajador se encuentra impedido para llevar a cabo su actividad profesional por enfermedad o accidente, laboral o no. Como el propio nombre indica, este periodo ha de ser temporal, de lo contrario hablaríamos de incapacidad permanente.
Esta situación, es especialmente complicada para un autónomo. Un alto porcentaje de los autónomos pagan la cuota mínima de la seguridad social, por lo que en caso de baja, se encuentran en una situación económica muy complicada en caso de carecer de seguro privado.
Seguro de baja laboral, un gran acierto
Este tipo de seguro fundamentalmente complementa los ingresos que percibe un trabajador durante el tiempo que dure su baja laboral.
Contratando este seguro, el tomador de la póliza recibirá la prestación económica de la Seguridad Social y además, cobrará la cantidad establecida en las condiciones de la póliza que tenga contratada. De esta manera, se obtiene una cantidad monetaria mayor que equilibrará los ingresos durante los meses de baja.
Tipos de seguro de baja laboral
A la hora de contratar un seguro existen múltiples posibilidades, pero en cualquier caso, siempre podrás elegir entre un seguro baremado y no baremado.
Seguro de baja laboral baremado
En este tipo de pólizas, se indemniza al asegurado por un número determinado de días que se determina según un baremo fijo establecido en el contrato.
De esta manera, en la póliza se recogen las lesiones más probables así como los días de baja que se indemnizan para cada una de ellas. Cabe resaltar, que será el asegurado el que decidirá la indemnización a recibir por cada día de baja.
Seguro de baja laboral no baremado
En un seguro sin baremo, es el asegurado el que decide cuál será la indemnización diaria a recibir. Sin embargo, los días de duración de la indemnización no se rigen bajo un baremo.
La duración del subsidio del seguro cubre todos los días de baja hasta que el alta de la Seguridad Social se haga efectiva. En consecuencia, en este tipo de seguros la prima siempre será mucho más cara que en un no baremado.
Hay que tener en cuenta que en este tipo de póliza se requiere una baja efectiva tramitada ante la Seguridad Social (lo que resulta más complicado que en el baremado). Pero, como hemos dicho, hay que tener en cuenta que cubrirá todos los días de baja.
Coberturas comunes de un seguro de baja laboral
Hospitalización
La aseguradora ofrecería una indemnización diaria si fueras ingresado en un hospital consecuencia de un accidente.
Incapacidad Temporal
En caso de encontrarte impedido para llevar a cabo tu actividad profesional, recibirás una indemnización por cada día de baja.
Intervención quirúrgica
En caso de que te veas en la obligación de pasar por quirófano, recibirás una indemnización por ello.
Invalidez permanente absoluta
Puedes contratar coberturas adicionales que te indemnizan en caso de que recibas la invalidez permanente absoluta.
Prestación por parto
Existen compañías que ofrecen cobertura para el caso en que te quedes embarazada.
Preguntas Frecuentes
Las compañías aseguradoras, realizan comparativas estadísticas del riesgo de caer enfermo o lesionarse dependiendo de la profesión del tomador del seguro. Basándose en estos datos, existen ciertas profesiones para las cuales no ofrecen servicios como el seguro de baja laboral.
Sí, efectivamente, la edad es un factor influyente en el precio del seguro. Cuanto mayor sea la edad, mayor será la cuota que deberás de pagar para contratar un seguro de baja.
No, con excepción de ciertas enfermedades relacionadas con el embarazo, parto y post-parto. En estos casos, generalmente existe una carencia de 12 meses, aunque puede cambiar dependiendo de la compañía contratada.
Este tipo de pólizas, cubrirán cualquier tipo de enfermedad o accidente, esté o no vinculado al trabajo, siempre y cuando no se incurra en cualquiera de las excepciones estipuladas en el contrato.
Sí, lo es. Siempre que tributes en estimación directa y no en módulos. Además, ten en cuenta que el máximo importe desgravable es de 500 € anuales, y si cuentas con un seguro de salud, solo podrás deducir este importe por ambos seguros y no por cada uno de ellos.