Seguro por días para Embarcaciones

Surca los mares con nuestro seguro temporal para embarcaciones.

¡No te arriesgues! Nuestro seguro por días para barcos te protege contra daños, accidentes y robos. Disfruta de tu tiempo en el mar con la seguridad que necesitas.
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Los seguros de barcos por día, son pólizas de carácter temporal que ofrecen protección para tu embarcación por un breve periodo de tiempo. La principal ventaja de este tipo de seguros es que podrás disponer de las mismas coberturas de un seguro anual, por el periodo de tiempo que consideres necesario y de acuerdo a tus necesidades.

Contratar seguros de barcos por día, por mes o trimestre

Al contratar seguros de barcos temporales, estarás contratando una póliza con una duración determinada y limitada en función de tus necesidades del usuario y de acuerdo a las condiciones establecidas por la compañía de seguros.

Ventajas y desventajas de los seguros de barcos temporales

Contratar seguros de barcos por días, meses o trimestres, simplemente es diferente a la modalidad anual, pero no implica que tenga mayores o menores beneficios. Sus principales ventajas son:

  • Pagas por los días que efectivamente utilices tu embarcación. Es decir, que sería adecuado en caso de que solo utilices tu embarcación algunos días al año, necesites hacer pruebas a un barco posterior a una reparación para verificar el funcionamiento o como complemento a una póliza vencida, mientras contratas un nuevo seguro.
  • Menor coste para periodos cortos en comparación con el precio de los seguros anuales.

Sin embargo, debes considerar que no es adecuado para todos los casos y que puede ser inconveniente en ocasiones. Su principal desventaja es que únicamente ofrece protección por el tiempo limitado.

Tipos de embarcaciones que podemos asegurar temporalmente

Puedes contratar seguros de barcos por días si tu embarcación es:

  • Un barco de vela. 
  • Una moto de agua.
  • Es una embarcación a motor.
  • Es una embarcación neumática

¿Cuáles son las exclusiones de este seguro temporal para embarcaciones?

Este seguro de embarcaciones presenta diversas exclusiones y restricciones en cuanto a la cobertura. No se cubren:

  1. Países en guerra, estado de sitio, insurrección o conflicto bélico, incluso si no están declarados oficialmente, y aquellos mencionados en el recibo o Condiciones Particulares.
  2. Garantías y prestaciones no solicitadas al Asegurador y que no cuenten con su acuerdo, salvo casos de fuerza mayor o imposibilidad material demostrada.
  3. Siniestros causados intencionalmente por el Asegurado o personas a las que se les haya confiado la embarcación o control de navegación.
  4. Siniestros ocurridos mientras la persona que gobernaba la embarcación se encuentra bajo efectos de alcohol, drogas, tóxicos, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
  5. Gastos de salvamento y rescate de personas en el mar.
  6. Participación en regatas, competiciones deportivas y entrenamientos.
  7. Falta de título de navegación requerido por la autoridad competente para la persona que gobierna la embarcación.
  8. Embarcación alquilada a un tercero, con o sin tripulación.
  9. Embarcaciones a motor y/o vela con más de 30 años de antigüedad desde su primera matriculación.

Preguntas Frecuentes

Para contratar un seguro para embarcaciones debes presentar tus documentos personales, información de la embarcación, como el año de construcción, material, eslora, cantidad de motores, potencia, nombre de la misma y lista de matriculación, así como los siguientes documentos:

  • Título de navegación del patrón
  • Licencia de Navegación otorgada por el comandante de una provincia marítima al capitán de la embarcación.
  • Certificado de Navegabilidad, que garantiza que la embarcación cumple con todos los requisitos establecidos por los organismos competentes.
  • Matrícula de registro de la embarcación que es el documento que certifica el lugar de registro de la misma.
  • Certificado de Registro que avale la inscripción del barco en el Registro de Matrícula de buques.
  • Permiso de Navegación, de carácter obligatorio, incluso si no llevas tripulación profesional a bordo
  • Impuesto de Matriculación, que, aunque no es de carácter obligatorio, es recomendable, para evitar inconvenientes.

La fecha de comienzo y finalización de la cobertura de un seguro de barcos temporal, se establece en el contrato y es a tiempo determinado. Una vez superados los días establecidos en la póliza, el contrato se da por finalizado.

No están cubiertas por la póliza las embarcaciones dedicadas al transporte de viajeros o mercancías