¿Quién hereda si no dejo testamento?

Desde iBrok Seguros queremos acercarte a una realidad que muchos suelen obviar: el proceso de heredar cuando no se ha dejado testamento. Estas situaciones, aunque comunes, suelen generar confusiones y es esencial estar bien informado.

Es común pensar que, si no se deja un testamento, las cosas se complican. Pero el Código Civil establece un orden claro de sucesión. Así, si no existe un documento que exprese la última voluntad, la herencia se distribuirá según lo estipulado por la Ley.

¿Quiénes son los herederos abintestato (legales o legítimos)?

Cuando hablamos de herederos abintestato, nos referimos a aquellos que tienen derecho a heredar en ausencia de un testamento. El orden suele ser el siguiente:

1. Hijos y descendientes

Ellos son la primera línea de sucesión. Si el fallecido tuvo hijos, son ellos quienes heredarán. En caso de que un hijo haya fallecido pero dejó hijos propios (nietos del fallecido), estos heredarán la parte que correspondería a su padre o madre.

2. Padres y ascendientes

Si no hay hijos ni descendientes, los siguientes en la línea son los padres del difunto. Si solo uno de ellos vive, heredará todo. Si ambos viven, se divide entre ellos por igual. Si no hay padres pero sí abuelos u otros ascendientes, ellos heredarán.

3. El cónyuge viudo

Aunque muchas veces se piensa que el cónyuge está antes que los padres en la línea de herencia, esto no es cierto. Sin embargo, el cónyuge tiene derechos importantes que no deben ser pasados por alto, como el usufructo viudal.

4. Hermanos y sobrinos

Si no existen hijos, padres, ni cónyuge, son los hermanos los siguientes en la línea. Si un hermano falleció pero dejó hijos, estos hijos heredarán la parte correspondiente.

5. Tíos y primos

Son el siguiente eslabón en la cadena de herederos legales. Si no hay hermanos, los tíos heredan. Si tampoco hay tíos, la herencia pasa a primos de cualquier grado.

6. El Estado

Finalmente, si no hay familiares directos que puedan heredar, la herencia revierte al Estado. Esta situación es menos común, pero puede suceder.

Cómo te puede ayudar contar con un seguro de decesos

En un mundo donde la certeza del mañana es incierta, prepararse para eventualidades, incluso las más difíciles de asumir, es un acto de responsabilidad. El fallecimiento es una de esas realidades de la vida que, aunque todos sabemos que ocurrirá eventualmente, pocos están verdaderamente preparados para enfrentar, en especial desde el punto de vista económico y logístico. Aquí es donde destaca la relevancia del seguro de decesos.

1. Alivio económico:

El precio de un funeral puede ser considerablemente alto, dependiendo de las especificidades y deseos de la familia. Hablamos no solo del sepelio, sino de todos los gastos relacionados: el ataúd, la parcela o nicho, el traslado, la ceremonia, la esquela, entre otros. Un seguro de decesos cubre estos gastos, evitando que la familia tenga que desembolsar sumas importantes en un momento ya de por sí doloroso.

2. Apoyo logístico:

Más allá del aspecto económico, un seguro de decesos suele ofrecer apoyo en la organización y gestión del funeral. Esta asistencia puede ser vital, dado que, en medio del dolor y la conmoción, organizar un funeral puede ser una tarea abrumadora. Las aseguradoras suelen contar con personal especializado que guía a la familia en cada paso, desde la elección del ataúd hasta la realización de trámites legales post mortem.

3. Tranquilidad mental:

Saber que uno cuenta con un seguro de decesos brinda una cierta tranquilidad, tanto al titular del seguro como a sus seres queridos. Al adquirir este seguro, no solo se está protegiendo económicamente a la familia, sino que también se les está evitando decisiones complicadas y cargas innecesarias en un momento de duelo.

4. Flexibilidad y adaptación a las necesidades:

La mayoría de los seguros de decesos ofrecen diferentes planes y coberturas, adaptándose a las necesidades y presupuestos de cada persona. Esto significa que uno puede elegir, por ejemplo, si desea un servicio más simple o uno más elaborado, si desea que se cubra el traslado internacional en caso de fallecimiento fuera del país, entre otras opciones.

5. Asesoramiento integral:

Además de lo anteriormente mencionado, muchas aseguradoras ofrecen asesoramiento en otros aspectos relacionados con el fallecimiento. Por ejemplo, pueden guiar a la familia en temas de herencia, en cómo obtener certificados de defunción, entre otros.

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¿Qué trámites hay que realizar para heredar a una persona fallecida sin testamento?

  1. Declaración de herederos ante notario: identifica a los verdaderos herederos del fallecido.
  2. Inventario de bienes: listado completo de todos los activos y pasivos del difunto.
  3. Acta de Declaración de Herederos «Ab Intestato»: un proceso notarial en el cual se designan las personas llamadas a heredar.

Es esencial estar bien asesorado para garantizar que todo el proceso se realice de forma correcta y dentro de la legalidad.

Dudas frecuentes

¿Qué le corresponde a la viuda en la herencia sin testamento?

Si existen hijos, la viuda tiene derecho al usufructo viudal de una tercera parte de la herencia. Si no hay hijos pero sí ascendientes (padres del difunto), la viuda podrá reclamar el usufructo de la mitad de la herencia.

¿Quién hereda primero: el cónyuge o los hijos?

En situaciones donde ambos (cónyuge e hijos) están presentes, los hijos heredan antes que el cónyuge, pero este último mantiene derechos sobre parte de la herencia, específicamente en forma de usufructo.

¿Qué heredan los hijos si no hay testamento?

Los hijos heredarán por igual, dividiendo la herencia en partes iguales. En caso de que algún hijo haya fallecido pero haya dejado descendencia, la parte que le correspondería se divide entre sus descendientes. Estos conceptos se conocen como «heredar por cabezas» y «heredar por estirpes».

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