Pasos a seguir cuando fallece un familiar

Cuando llega el momento de despedir a alguien cercano, es muy difícil pensar con claridad. Sin embargo, tener claro qué hacer cuando fallece un familiar te ayuda a reducir el estrés, evitar errores en los trámites y, sobre todo, centrarte en acompañar a tu familia.

En España existen una serie de pasos a seguir cuando fallece un familiar que se repiten casi siempre: actuar en las primeras horas, reunir documentación básica, organizar el sepelio y, después, ir gestionando los trámites legales, económicos y con la Seguridad Social.

En la desafortunada situación del fallecimiento de un familiar, un seguro de decesos puede aliviarnos de las desagradables tareas administrativas que en esos momentos son precisas. Estar preparados frente a una situación de este tipo nos ahorra tiempo y energías, permitiéndonos focalizar todas nuestras fuerzas en superar el duelo y cuidar de nuestra familia.

¿Por qué conviene tener claro qué hacer cuando fallece un familiar?

Tener claros los pasos a seguir cuando fallece un familiar te permite priorizar: saber qué va primero, qué puede esperar unos días y qué documentos conviene ir guardando desde el principio. También te ayuda a detectar a tiempo si el fallecido tenía algún seguro que pueda hacerse cargo del funeral o de una indemnización, y qué apoyos puedes solicitar a la Administración (viudedad, orfandad, etc.).

Documentos necesarios tras fallecimiento de familiar

Aunque cada situación tiene matices, existe una serie de documentos necesarios tras fallecimiento de familiar que conviene reunir cuanto antes. Tenerlos localizados desde el principio te ahorrará muchos viajes y llamadas.

Normalmente vas a necesitar, como mínimo:

  • DNI, NIE o pasaporte de la persona fallecida.
  • DNI de los familiares que vayan a hacer gestiones en su nombre.
  • Certificado médico de defunción y, posteriormente, certificado de defunción expedido por el Registro Civil. Puedes ver qué es y cómo se tramita en la web del Ministerio de Justicia (Certificado de defunción).
  • Libro de familia o documentación que acredite la relación (pareja de hecho, hijos, etc.).
  • En su caso, pólizas de seguro, contratos de hipoteca, datos de cuentas bancarias y testamento (o al menos datos del notario).

Más adelante, para la herencia, bancos o prestaciones, pueden pedirte copias adicionales de estos documentos, certificados de empadronamiento o justificantes económicos. Por eso es muy recomendable:

  • Solicitar varias copias del certificado de defunción en el Registro Civil.
  • Guardar todo en una carpeta física o digital, con un listado de qué documento está donde.
trámites tras fallecimiento de un familiar

Pasos a seguir cuando fallece un familiar

Lamentablemente, somos de la idea de que sucesos tan dolorosos pertenecen a un futuro muy lejano. Sin embargo, sería muy útil tener presente los pasos a seguir en el caso de que tuviera lugar la muerte de una persona cercana:

1. Obtener el certificado de defunción y dejar en orden todos los trámites

Este documento oficial acredita el fallecimiento de la persona. Debe ser emitido por un médico y entregarse al Registro Civil de la localidad. Se puede solicitar de forma presencial, por correo o por internet (sin certificado digital).

2. Elegir una funeraria

La funeraria será la encargada de gestionar los restos del fallecido y de organizar el entierro o la cremación. También se encargará de reservar la sala del tanatorio donde se velará al difunto.

3. Organizar la ceremonia de despedida

Dependiendo de las creencias de la familia, se puede organizar una ceremonia religiosa dirigida por un representante de la fe correspondiente o bien un acto no religioso. Esta celebración es el momento en el que familiares y amigos pueden despedirse del difunto dar el pésame a la familia.

Guía básica de los trámites tras fallecimiento de un familiar

Más allá del sepelio, hay una serie de trámites tras fallecimiento de un familiar que conviene ir ordenando por fases. No hace falta resolverlo todo en una semana, pero sí saber qué pasos hay que ir dando y en qué orden aproximado.

Inscripción y certificado de defunción en el Registro Civil

El fallecimiento debe inscribirse en el Registro Civil del lugar donde se ha producido la muerte.

En muchas ocasiones, el propio hospital o la funeraria ya se ocupan de esta inscripción. Aun así, conviene que tú o alguien de confianza solicitéis en el Registro el certificado de defunción, que será el documento que más te van a pedir en los trámites posteriores.

En la web del Ministerio de Justicia puedes encontrar el apartado de inscripción de defunción y en la página específica del certificado de defunción puedes ver los detalles, formas de solicitud (presencial, por correo o por internet) y requisitos actualizados.

Lo más práctico es pedir varias copias del certificado, ya que lo necesitarás para herencias, bancos, seguros y prestaciones.

Certificado de actos de última voluntad y herencia

El siguiente paso clave es averiguar si la persona fallecida dejó testamento y, en su caso, ante qué notaría. Para eso se pide el certificado de actos de última voluntad.

  • Este certificado indica si existe testamento y ante qué notario se firmó.
  • Es imprescindible para iniciar cualquier trámite de herencia.

Puedes consultar cómo se tramita en la página del certificado de actos de última voluntad. Ten en cuenta que no se puede solicitar hasta que hayan pasado 15 días hábiles desde la fecha de fallecimiento.

Con ese certificado y el testamento (si lo hay), el siguiente paso suele ser acudir a una notaría para iniciar la partición de la herencia.

Prestaciones de la Seguridad Social: viudedad, orfandad y otras

Además de la parte hereditaria, es posible que la familia tenga derecho a determinadas prestaciones públicas:

  • Pensión de viudedad para el cónyuge o pareja de hecho que cumpla requisitos.
  • Pensión de orfandad para hijos que no superen determinada edad o situación.
  • En algunos casos, prestación a favor de familiares para otros allegados que dependían económicamente del fallecido.

La normativa y las cuantías se actualizan con frecuencia, así que lo mejor es acudir a la información oficial. Un buen punto de partida es la página de la Seguridad Social sobre fallecimientos, viudedad y orfandad, donde encontrarás los enlaces a cada prestación y los canales para solicitarlas (sede electrónica, cita previa, etc.).

Aunque no puedas gestionarlo todo en los primeros días, conviene apuntar estos trámites y fijar un momento para revisarlos con calma.

Otros trámites administrativos y económicos

Además de lo anterior, hay otras gestiones que irás abordando poco a poco:

  • Bancos y cuentas corrientes: informar del fallecimiento, presentar certificado de defunción y seguir las indicaciones para desbloquear fondos según la herencia.
  • Suministros y servicios (luz, agua, gas, teléfono, suscripciones): cambiar de titular o dar de baja aquellos que ya no tengan sentido.
  • Ayuntamiento: en algunos casos, conviene revisar el padrón, el IBI, tasas de basura o vehículos, para que todo quede a nombre de quien corresponda.
  • Impuesto de Sucesiones: dependiendo de la comunidad autónoma, los plazos y bonificaciones cambian; aquí suele ser útil el apoyo de una asesoría o de la propia notaría.

En todos estos trámites es importante guardar todas las facturas del sepelio y los justificantes de pago. Pueden ser necesarios para reclamar al seguro o para justificar importes en la declaración de herederos o en el Impuesto de Sucesiones.

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Cómo saber si la persona fallecida tenía seguro de decesos o alguna cobertura de fallecimiento

Uno de los puntos que más dudas genera es si el fallecido contaba o no con un seguro que ayude económicamente (o en la gestión) tras su muerte. No siempre se trata solo de un seguro de decesos: también puede haber un seguro de vida o un seguro de accidentes con cobertura de fallecimiento.

Para comprobarlo, puedes seguir este orden:

  1. Revisar los papeles personales: Cartera, archivadores, cajones donde guardaba documentación fiscal o bancaria. Muchas personas tienen ahí las pólizas o cartas de la aseguradora.
  2. Mirar los cargos en la cuenta bancaria: En los extractos pueden aparecer domiciliaciones a aseguradoras. Si detectas un recibo recurrente y no sabes de qué es, puedes llamar a la entidad bancaria o a la compañía para que te confirmen si se trata de un seguro de decesos, un seguro de vida o similar.
  3. Consultar documentación laboral: Algunas empresas incluyen seguros colectivos con cobertura en caso de fallecimiento. Revisa nóminas, convenios o pregunta en el departamento de RR. HH.
  4. Vinculación con hipotecas o préstamos: Es frecuente que la hipoteca lleve asociado un seguro de vida con capital en caso de fallecimiento. Revisa la escritura, la documentación del préstamo o pregunta en la entidad financiera.
  5. Hablar con su correduría de seguros de confianza: Si el familiar solía trabajar con una misma correduría, lo habitual es que allí tengan un registro de sus pólizas activas y puedan explicarte si incluyen coberturas por fallecimiento.

En Ibrok hemos visto, por ejemplo, que es habitual que una misma familia tenga contratados un seguro de decesos, unos seguros de vida y, en algunos casos, un seguro de accidentes. Por eso, cuando fallece un familiar, merece la pena revisar todas las vías posibles: funeral, indemnización y posibles prestaciones públicas.

Seguro de decesos: ¿qué cubre y por qué puede hacer la diferencia?

En medio de tantos pasos, es normal preguntarse qué cubre el seguro de decesos exactamente y si realmente compensa. Este tipo de póliza está diseñada precisamente para aliviar la carga económica y organizativa en un momento delicado.

De forma general, un seguro de decesos suele cubrir:

  • Gastos del funeral y sepelio: féretro, tanatorio, flores, coche fúnebre, entierro o incineración, esquelas, etc.
  • Gestión de trámites: inscripción en el Registro Civil, solicitud del certificado de defunción, apoyo con el certificado de últimas voluntades y otros papeleos relacionados.
  • Traslados: desde el lugar del fallecimiento hasta el tanatorio y cementerio, e incluso repatriación si el fallecimiento ocurre en otro país.
  • En pólizas más completas, asistencia jurídica y asesoramiento con temas como pensión de viudedad, orfandad o herencia.

Las ventajas seguro de decesos frente a gestionar todo por tu cuenta no son solo económicas. También hay un componente de acompañamiento: la familia tiene un interlocutor que se encarga de coordinar funeraria, trámites y servicios necesarios, algo que reduce mucha presión en los primeros días.

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Te recomendamos profundizar más sobre el seguros de decesos o incluso leer qué ocurre cuando alguien muere sin seguro de decesos. Te ayudará a valorar qué opción encaja mejor con la realidad de tu familia.

Para terminar: organiza, pide ayuda y piensa a medio plazo

Nadie está preparado del todo para afrontar la muerte de un ser querido. Por eso, más que obsesionarte con hacerlo “perfecto”, es más útil organizar lo básico, apoyarte en profesionales y en tu entorno, y reservar algo de energía para el después.

A corto plazo, céntrate en:

  • Conseguir los documentos esenciales.
  • Coordinar el sepelio de acuerdo con la voluntad del fallecido y de la familia.
  • Apoyarte en la funeraria, en tu correduría de seguros y en los servicios de atención al ciudadano para dudas concretas.

A medio plazo, puede ser un buen momento para revisar la situación de tu propia familia: valorar si tiene sentido contratar o actualizar un seguro de decesos, revisar seguros de vida o de accidentes y dejar por escrito tus propias decisiones (por ejemplo, mediante testamento). Son temas incómodos, pero también una forma de cuidado hacia quienes más quieres.

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