¿Cubre un seguro de hogar los daños causados por el inquilino?

El alquiler de una propiedad viene con su cuota de riesgos y responsabilidades. Como propietario, uno de los temas que pueden generar ciertas dudas es sobre la cobertura del seguro de hogar respecto a los daños que pueda ocasionar el inquilino. En este artículo, vamos a despejar esta incertidumbre y proporcionar una visión clara de lo que realmente cubre el seguro de hogar en este contexto.

¿Qué necesitas saber al contratar un seguro de hogar?

Como punto de partida, es fundamental entender que cuando se contrata un seguro de hogar como propietario, es crucial tener en cuenta todas las coberturas que se quieren incluir y las necesidades específicas. Esto es especialmente relevante si se tiene la intención de alquilar la propiedad. Para que los daños ocasionados por el inquilino estén cubiertos, es necesario reflejarlo expresamente en la póliza de seguro.

El titular del seguro debe comunicar claramente a la aseguradora que se trata de una vivienda con un contrato de arrendamiento vigente y que se desea incluir al inquilino en la póliza, extendiendo a este todas las garantías estipuladas.

Seguros de hogar para inquilinos: ¿en qué consisten?

Los seguros para inquilinos son una opción recomendable para quienes viven de alquiler, ya que proporcionan cobertura para proteger sus pertenencias. En comparación con el seguro de hogar estándar, este tipo de seguro puede prescindir de asegurar el continente, ya que este pertenece al propietario, lo que podría resultar en una cobertura más extensa.

Por lo general, estos seguros cubren los bienes, mobiliario, enseres y objetos personales del inquilino (el contenido) contra situaciones como incendios, robos, daños por agua y otras eventualidades. Aunque no es obligatorio, es aconsejable contratar un seguro de hogar para inquilinos, ya que puede cubrir cualquier reclamación que se necesite hacer al propietario de la vivienda.

Coberturas típicas en el seguro de hogar para inquilinos

Las garantías que se pueden contratar varían dependiendo de las necesidades específicas del propietario y del inquilino. Entre las más relevantes se encuentran:

  1. Contenido: Se refiere a los bienes propiedad del inquilino como muebles, electrodomésticos y objetos personales. Esta cobertura puede incluir situaciones como robos, así como la responsabilidad civil y daños por agua.
  2. Defensa jurídica: Ofrece asesoramiento al inquilino cuando este necesita gestionar una reclamación frente al propietario, como por ejemplo, si este último se niega a devolver la fianza.
  3. Responsabilidad civil del arrendador: Cubre los daños causados al inquilino debido al mal estado de la vivienda.
  4. Daños ocasionados por el inquilino: Esta cobertura cubre los desperfectos ocasionados a la vivienda por el inquilino una vez que ha desalojado la propiedad.
  5. Impago de alquileres: Esta cobertura protege al propietario proporcionando un importe estipulado en la póliza, por una cantidad y un periodo específicos, en caso de que el inquilino deje de pagar el alquiler.

¿Existe la obligación de contratar un seguro de hogar para el inquilino?

Aunque no existe una obligación legal para el propietario de la vivienda de contratar un seguro de hogar para el inquilino, sí es muy aconsejable. Esto garantiza que la aseguradora tenga en cuenta la condición de inquilino y se incluyan coberturas específicas.

Es importante recordar que si no se declara esta situación de vivienda arrendada, la aseguradora puede negarse a cubrir los daños que se produzcan durante el periodo de alquiler. Por tanto, asegurarse de que tanto el propietario como el inquilino están adecuadamente cubiertos es esencial para una relación de alquiler sin sobresaltos.

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