Seguros de Vida
Si mañana ya no estuvieses, ¿tu familia sufriría económicamente?
Asegúrate de que tus seres más queridos quedan protegidos en caso de tu fallecimiento.
Beneficios de un seguro de vida
Seguros de vida en las Islas Canarias
Entre la gama de seguros de vida con los que trabajamos en nuestra correduría, encontrarás soluciones personalizadas para tus necesidades particulares. Soluciones que te permitirán cuidar de los tuyos y de tu patrimonio de la mejor manera cuando ya no estés.
Un seguro que demuestra tu amor por los que quieres
Contratas un seguro para proteger tu casa, tu coche o tu oficina, ¿has hecho lo correspondiente para proteger el porvenir de los que más quieres en caso de faltar?
Un seguro de vida es la mejor opción para proteger a tus seres queridos frente a un accidente, fallecimiento o incapacidad. Es una solución eficaz, para que tu familia pueda seguir afrontando los gastos regulares aún cuando tú no estés. Así, podrán disponer de la calma y el tiempo necesarios para adaptarse a la nueva situación, sin preocuparse por el dinero.
Tipos habituales de seguros de vida
- Temporal anual renovable: es el seguro más contratado. Como característica principal, esta modalidad va incrementando la prima en base a la edad del asegurado y a la revalorización de los capitales.
- Amortización de préstamos: El capital va reduciéndose anualmente y la póliza finaliza cuando lo hace el préstamo.
- Vida Entera: Se trata de una modalidad vitalicia donde se garantiza un capital por fallecimiento que se incrementará con una participación en beneficios. En este tipo de seguro se permite rescatar las primas abonadas más una rentabilidad.
Exclusiones de un seguro de vida
Existen ciertas circunstancias, que este tipo de seguro no cubren en caso de que se produzca el fallecimiento:
- El suicidio, es una de las exclusiones que suelen realizar este tipo de productos.
- Negligencias graves que desembocan en la muerte del asegurado, como conducir bajo los efectos de estupefacientes.
- Deportes extremos como el alpinismo o el paracaidismo.
- Guerras y otro tipo de actos militares.
- Muerte causada por fenómenos naturales como maremotos, inundaciones o volcanes.
- El fallecimiento por una patología no declarada en el formulario de salud.
Principales coberturas de un seguro de vida
Fallecimiento
En caso de fallecimiento del titular de la póliza, los beneficiarios cobrarán el capital contratado en la póliza.
Incapacidad
La aseguradora pagará una indemnización en caso de sufrir algún tipo de incapacidad, ya sea temporal o permanente.
Huella Digital
La aseguradora, se encargará de eliminar toda la información del fallecido en internet. redes sociales, datos de navegación etc.
Anticipo de capital
Algunas compañías, ofrecen un anticipo del capital asegurado, para poder afrontar costes como el entierro.
Preguntas Frecuentes
La Invalidez Permanente Absoluta es una situación permanente por la cual el asegurado no puede ejercer ningún tipo de profesión. La Invalidez Permanente Total, por su parte, es aquella situación permanente en la que la persona no pueda ejercer su actividad profesional habitual, pero sí otras profesiones.
La edad máxima para tener un seguro de vida suele rondar los 65 o 70 años. Aun así, la cifra depende de cada compañía y existen aseguradoras que realizan pólizas a personas con edades superiores a las comentadas.
Para una persona adulta, siempre es un buen momento para contratar un seguro de vida. No podemos saber cuándo se producirá un incidente que nos impida mantener nuestro habitual ritmo e vida. Habitualmente, en España la gente tiende a contratarlo alrededor de los 40 años.
Sí, se puede contratar más de un seguro de vida, no existe ningún impedimento. Dependerá únicamente de las necesidades del asegurado.
No, no lo es, ni tan siquiera cuando está vinculado a un producto financiero como podría ser una hipoteca o préstamo.
Beneficiario de un seguro de vida puede ser cualquier persona física o jurídica que el tomador del seguro designe en el momento de la firma. En casos donde se incluye la cobertura de invalidez, el beneficiario será el propio tomador.
Una vez firmado, siempre puedes cambiar el beneficiario comunicándoselo a la aseguradora.